Marquesina de Plaza España

Es el único mercado de alimentación al aire libre en Valladolid. Cobijado por la estructura metálica que hace la función de cubierta, su actividad se centra en la venta de fruta, verdura, plantas y flores.

Plaza España

Modalidad actual para acceder a un puesto: Licitación en curso. Plazo cerrado.

Líneas de autobús:

1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 13, 14, 18, 19, 33

Pedido por teléfono / Whatsapp

Reparto a domicilio

El Mercado especial de La Marquesina se instalará todos los días del año, de lunes a sábados no festivos.

El horario autorizado de venta será entre las 9.30 h y las 14.30 h. Se permitirá el montaje de los puestos desde las 7.30 a las 9.30 horas y se procederá al desmontaje entre las 14.30 y las 15.30 horas, debiendo estar totalmente recogido y limpio a partir de esta hora.

En determinadas épocas del año y especialmente durante las fiestas navideñas se podrán establecer horarios diferentes, previa autorización por la Administración Municipal.

Solo las personas titulares de la autorización o, en su caso, el personal dependiente autorizado del Mercado de La Marquesina accederá al Mercado, desde las 7:30 hasta las 9.30 horas, permitiéndose un solo vehículo por cada puesto, que procederá a la descarga del género y se retirará inmediatamente para dejar el sitio libre al siguiente vehículo.

Conforme a las indicaciones del Centro de Movilidad Urbana y, dado que se realiza en calzada abierta al tráfico, la carga y descarga de la mercancía se llevará a cabo en dos turnos, de 7.30 a 8.30 y de 8.30 a 9.30 y los de desmontaje del puesto y carga en el vehículo de 14.30 a 15.00 y de 15.00 a 15.30.

Mostradores que facilitará el ayuntamiento.​

Los puestos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 utilizarán la zona de aparcamiento reservada para el mercado en la calzada en dos turnos (puestos y aparcamiento señalados en amarillo). Se dará prioridad a que estos puestos utilicen camiones con plataforma.

Los puestos 9, 10, 11, 12, 13 y 14 podrán descargar y cargar en dos turnos en la zona reservada a vehículos frente al colegio García Quintana, accediendo por la C/ Duque de la Victoria y C/ Montero Calvo. La salida se haría por la calzada hacia la C/ López Gómez, evitando coincidir con los horarios de entrada y salida al colegio en cualquier maniobra (9:00 y 14:00). Si hubiera interferencia en la zona con los vehículos de transporte escolar o con las campañas especiales autorizadas, como la de donación de sangre, se seguirán las indicaciones del Centro de Movilidad urbana, Servicio de Ocupación de Vía Pública y/o del servicio de la Policía Municipal dará las indicaciones oportunas.

Los horarios de los turnos de descarga serían de 7:30 a 8:30 y de 8:30 a 9:30 y los de carga del camión de 14:30 a 15:00 y de 15:00 a 15:30. Se seguirán en todo caso las indicaciones realizadas por el Centro de Movilidad y Servicio de Policía Municipal.

Si se produjera algún altercado o perturbación del orden público por parte de un titular o personal dependiente, en el momento de la instalación del puesto, no podrá instalar ese día el puesto, con el fin de mantener el buen orden y seguridad en el mercado. Las zonas laterales de los puestos deben mantenerse libres de obstáculos de forma que se permita el paso al interior de los puestos, tanto de entrada como de salida. Para el seguimiento, mejora de la organización y funcionamiento del mercado, el Ayuntamiento considerará el interlocutor válido al representante legal de la Asociación de Industriales del Mercado de Marquesina, legalmente constituida.

Esta Asociación, que tendrá carácter y naturaleza administrativa, se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento del Mercado especial de la Marquesina, o en su caso en la ordenanza municipal que esté en su momento en vigor.

Se autorizarán catorce puestos, siendo las dimensiones de cada puesto de 6 x 3 metros, situados en el espacio entre dos columnas bajo la marquesina de la Plaza España, no pudiendo rebasar ni los mostradores de los puestos ni los productos de venta, la línea marcada entre las dos columnas, con la distribución y numeración que consta en el plano señalado en la cláusula 7 y del Anexo III (plano croquis del Mercado especial de La Marquesina)

Asignación del numero de puesto dentro del mercado

Una vez confeccionada la relación de las personas adjudicatarias, se asignará el número de puesto solicitado si solo uno de los adjudicatarios lo ha seleccionado. En el caso de que no sea posible asignar a cada uno de ellos el puesto porque lo hayan solicitado dos o más personas de la lista de adjudicatarios propuestos, se le asignará el número al que tuviera más puntuación en el baremo de adjudicación. Se dará prioridad para asignar los puestos del 1 al 8 a aquellos adjudicatarios que vayan a utilizar para su actividad en el mercado de La Marquesina, un vehículo con plataforma, con el fin de que se facilite la carga y descarga desde el aparcamiento reservado junto a estos puestos. En caso de empate en el baremo de puntos para asignar el número de puesto, se realizará un sorteo mediante aplicación informática a fin de asignar a cada uno de ellos el puesto que ocuparán en el mercado, no entrando en el sorteo los puestos ya asignados. Se podrá abrir plazo no mayor a diez días hábiles, para que las personas titulares puedan permutar el número de puesto (excepto en el caso de la restricción por el vehículo con plataforma) debiendo comunicárselo a la administración municipal dentro de dicho plazo, con consentimiento expreso rubricado por ambos titulares. El puesto a ocupar se comunicará a cada adjudicatario con la entrega del correspondiente carnet, documento acreditativo de ser titular del mismo. Los carnets de autorización municipal expresarán el tipo de productos, número de puesto, período de validez e identificación de la persona titular y, en su caso, del personal dependiente y se exhibirán siempre en el puesto junto con una dirección a efectos de posibles reclamaciones.

Modalidad actual para acceder a un puesto: Licitación en curso. Plazo cerrado.

Podrán solicitar puesto en el Mercado de la Marquesina las personas físicas o jurídicas que vayan a dedicar su actividad a la venta en la misma. La solicitud-declaración responsable según el modelo recogido en el ANEXO I, que deberá indicar los datos del solicitante, sea persona física o jurídica, debiendo ser firmada, en el caso de personas jurídicas, por el representante legal de la entidad solicitante, adjuntando acreditación de dicha representación. A este Anexo I se adjuntará la siguiente documentación: 

  1. En caso de persona física, fotocopia del DNI, NIE o pasaporte en vigor a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el art. 28 de la ley 39/2015 los interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración, con independencia de que la presentación de los citados documentos tenga carácter preceptivo o facultativo en el procedimiento de que se trate, siempre que el interesado haya expresado su consentimiento a que sean consultados o recabados dichos documentos. Se presumirá que la consulta u obtención es autorizada por los interesados salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso, Acreditación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo, cuando el solicitante proceda de otro país. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá presentar escritura de constitución de la misma y la existencia de una relación laboral, contractual o societaria entre el titular y la persona física que vaya a desarrollar, en nombre de aquella, la actividad comercial. De no conocerlo en el momento de presentar la solicitud, deberán indicarlo una vez que se resulte adjudicatario provisional, si es el caso.
  2. Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o bien señalar en la solicitud presentada el otorgamiento de autorización al Ayuntamiento de Valladolid para poder recabarlo en su nombre y, en caso de persona jurídica, documento acreditativo de antigüedad en el epígrafe correspondiente de venta del producto en el impuesto de actividades económicas.
  3. Documentación para acreditar la experiencia demostrada en la actividad, a la que se hace referencia en la cláusula 11. b y 11.c
  4. Certificados de los cursos realizados a los que hace referencia la cláusula undécima g). En el caso de que el solicitante sea persona jurídica, estos sólo se valorarán si en la solicitud se identifica a la persona física que va a realizar la actividad y los cursos han sido realizados por la misma. Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a través del registro de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valladolid o de cualquiera de los registros que se señalan en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato o documento que acompañe a la declaración responsable, dará lugar a la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho a participar en el proceso, desde el momento que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Más información en Cómo acceder a un puesto

Puestos dedicados a la venta de frutas y hortalizas y de flores y adornos florales:
a) 1 puesto dedicado a la venta de flores y adornos florales.
b) 10 puestos dedicados a la venta de frutas y hortalizas. 

Puestos dedicados a la venta de otros productos alimenticios de origen vegetal (verduras desecadas, conservas vegetales, hierbas y especias envasadas o productos similares) que no requieran conservación en cámara refrigerada y/o productos de alimentación animal envasados, que no requieran conservación en frio y complementos para mascotas
c) 1 puesto destinado preferentemente a nuevos emprendedores. No se considerarán nuevos emprendedores aquellos solicitantes que, en los seis meses anteriores al día de presentación de la solicitud, hubieran desarrollado la misma o similar actividad como autónomos o autónomos colaboradores. A estos efectos, se entenderá por misma o similar actividad la coincidencia de los tres primeros dígitos en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
d) 2 puestos destinados preferentemente a personas que pertenezcan a alguno de los colectivos siguientes: 
– Persona con discapacidad igual o superior al 33%.
– Víctimas de violencia en el ámbito familiar, incluidas las víctimas de violencia de género y las víctimas de violencia intrafamiliar.
– Víctimas de terrorismo.
– Jóvenes menores de 35 años de edad.
– Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el periodo de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de que no hubiera solicitudes suficientes que cumplan los requisitos para cubrir los puestos de los apartados c y d, esos puestos podrán ser añadidos a los relacionados en el apartado b. De la misma manera, en el caso de no haber solicitudes suficientes que cumplan los requisitos para cubrir los puestos relacionados en los apartados a) y b) podrán ser añadidos a los relacionados en los apartados c) y d). En cualquier caso, al menos 7 puestos deberán estar dedicados a frutas y hortalizas con el fin de mantener la esencia de este mercado especial. 

Para dar una imagen de ornato y estética y al impacto sobre el entorno, las instalaciones desmontables (mostradores), serán aportadas por el Ayuntamiento y serán propiedad del mismo. El Ayuntamiento no asumirá la responsabilidad por los daños, desperfectos o sustracciones que se produzcan durante su uso por parte de los industriales, siendo obligación de los adjudicatarios la conservación, mantenimiento y custodia de los mismos.

Transmisión y modificación de la titularidad de los puestos adjudicados. Plazo para solicitarlo 

La transmisión de la titularidad se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento regulador del Mercado de la Marquesina. Solo se podrá transmitir la titularidad a familiares de primer grado y segundo grado en los siguientes casos: 

a) Jubilación de la persona titular, la transmisión se realizará cuando ocurra la misma. Si en el plazo máximo de un mes desde que ocurra este hecho, no se ha solicitado la transmisión del puesto, éste pasará a disposición de la administración municipal quién podrá asignarlo a uno de los relacionados en la lista de reserva. 

b) Fallecimiento de la persona titular, se transmitirá al familiar directo que sea heredero. De haberse transmitido con carácter proindiviso a dos o más personas, éstas deberán determinar y comunicar al Ayuntamiento quien de entre ellas ha de suceder en la titularidad. En ambos casos la comunicación al Ayuntamiento deberá hacerse por los interesados en el plazo de seis meses a contar del fallecimiento del titular. De no realizarlo en dicho plazo se declarará sin efecto la adjudicación y extinguido cualquier derecho sobre la titularidad del puesto. 

c) Otros casos especiales de transmisión de la titularidad del puesto fuera del plazo anteriormente citado, como bajas por enfermedad de larga duración acreditado o imposibilidad sobrevenida de desarrollar la actividad mediante la declaración de invalidez permanente total para el ejercicio de la actividad que venía desempeñando. Para poder transmitir el puesto, el titular deberá estar al corriente de pago de deudas y exacciones municipales y con la seguridad social y no encontrarse incurso en un proceso sancionador por infracción tipificada en el Reglamento regulador de Mercado de la Marquesina o Reglamento regulador de Mercados que estuviera en su momento en vigor. 

El Ayuntamiento, en caso de aceptar la transmisión, tras comprobar que quien se propone como nuevo titular cumple con los requisitos para ejercer la venta en el Mercado de la Marquesina, emitirá una nueva autorización, en la que figure como titular el adquiriente, así como el resto de los datos establecidos para poder elaborar el carnet de autorización. 
En este caso, se devolverá la fianza al transmitente, siempre que no concurran las circunstancias de deterioro y pérdida del mostrador y que esté al corriente de pago de deudas y exacciones municipales, debiendo el nuevo autorizado constituir una nueva fianza. 
En el caso de que la autorización se hubiera obtenido como nuevo emprendedor (cláusula 6.c) o por pertenecer a uno de los colectivos previstos en la cláusula 6.d, sólo se podrá autorizar la transmisión cuando el adquiriente sea también nuevo emprendedor o pertenezca a alguno de los colectivos indicados. 

La autorización del nuevo titular tendrá una duración hasta completar el tiempo que reste desde la fecha de otorgamiento original de la misma hasta el plazo máximo de cuatro años, salvo denuncia expresa de alguna de las partes, o modificación de alguna de las circunstancias que motivaron la autorización, En los casos de disolución y cese en la actividad de una persona jurídica, tendrán derecho preferente a la transmisión de las autorizaciones del que fuera titular, quienes vinieran ejerciendo la venta por cuenta y en nombre de aquella.
En ningún caso una transmisión dará lugar a una modificación del plazo de vigencia de tales autorizaciones ni modificación en los productos expresamente incluidos en la autorización. No obstante, se podrá solicitar la modificación de los productos de venta cuando se trate de puestos a los que se refiere el apartado 6.2 de este pliego. La solicitud que realizará el titular que desee transmitir o modificar la autorización (incorporación, supresión o cambio en el personal dependiente, intercambio en el número del puesto o solicitud de cambio de producto) se acompañará de la siguiente documentación:

  • Copia DNI o NIE del o de la persona titular y del personal dependiente. 
  • Certificado de estar al corriente de pago de deudas y exacciones municipales tanto de la persona titular saliente como entrante, así como de las personas contratadas como personal dependiente. 
  • Certificado de vida laboral o consentimiento expreso para se verifique por parte de la administración municipal y certificado de estar al corriente de pago de cuotas con la Seguridad Social. 
  • Certificado de estar dado de alta en el Impuesto de actividades económicas, en el epígrafe correspondiente. 
  • Fotografía de tamaño carnet actualizada, tanto de la persona titular como del personal dependiente.
  • Declaración responsable de la persona titular, así como del solicitante adquiriente, así como documento acreditativo del grado de consanguineidad. 

Una vez recibida la instancia y documentación que se adjunta, habrá un plazo máximo de diez días para la subsanación, transcurrido el cuál se realizará autorización provisional de los cambios del mercado de la Marquesina, solo de aquellos que cumplan todos los requisitos. Una vez autorizada provisionalmente la transmisión, cada titular nuevo deberá aportar en el plazo de diez días la documentación a la que se hace referencia en la cláusula 5 y en su caso 6.c y 6.d y cláusula 13.
El incumplimiento de estas condiciones dará lugar a la pérdida de la autorización provisional, y únicamente se emitirá Decreto de autorización de cambios solo en el caso que se cumplan todos los requisitos.
La tasa correspondiente a la transmisión del puesto o a la modificación del mismo será la que, en su caso, se establezca en la Ordenanza fiscal reguladora de tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público municipal, en el apartado de ocupación con puestos en mercado al aire libres.

Contactar para más información